Seguro contra Accidentes

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La Unidad Educativa José Domingo de Santistevan mantiene seguros para sus estudiantes con las siguientes empresas aseguradoras: 

COBERTURAS

 Muerte Accidental

Por la muerte accidental del asegurado, Equivida indemnizara a sus beneficiarios hasta el valor asegurado contratado.

 Desmembración Accidental

Cuando dentro de los ciento ochenta días siguientes a la ocurrencia de un accidente amparado por la póliza, el asegurado sufra alguna perdida de sus miembros.

 Incapacidad Total y Permanente por Accidente

Equivida indemnizará al asegurado o a sus beneficiarios hasta el valor asegurado contratado, cuando quede incapacitado en forma total y permanente, a consecuencia de un accidente durante la vigencia de este anexo. La compañía efectuará el pago de la indemnización luego de ciento ochenta día consecutivos de declarada la incapacidad por el médico de la compañía.

 Gastos Médicos por Accidente -Cobertura Normal-

Equivida indemnizará al asegurado hasta el valor contratado, por los gastos necesarios, razonables y acostumbrados, incurridos dentro de los 180 días siguientes a la ocurrencia de un accidente cubierto por la póliza, por concepto de honorarios profesionales, gastos de hospitalización en centros asistenciales, medicamentos, derechos de sala de cirugía, anestesia, exámenes de laboratorios, rayos X, servicios de enfermería, fisioterapia y ambulancia.

DEDUCIBLE: El estipulado en las condiciones particulares de la póliza, aplicable por cada siniestro (USD. 20,00).

 Gastos Médicos por Accidente -Cobertura Especial-

Incremento en un 100% el beneficio de gastos médicos por accidente (cobertura normal), en caso de que el evento ocurra dentro de los predios del colegio, en transporte de la institución o en cualquier actividad en la cual se represente a este.

 Gastos Dentales por Accidente

Cuando dentro incurridos dentro de los 180 días siguientes a la ocurrencia de un accidente cubierto por la póliza, el alumno incurriere en  gastos dentales por concepto de odontòlogos graduados, gastos relacionados exclusivamente con su tratamiento, medicamentos, elementos de curación, derechos de sala de cirugía si el caso lo amerita, anastesia,  exámenes de laboratorios, transfusiones de sangre, rayos X , servicios de enfermería y ambulancia, Equivida reembolsará, los respectivos valores de acuerdo al limite establecido.

 Gastos de Ambulancia

Cubre el servicio de ambulancia terrestre, entendiéndose por ambulancia el vehículo de transporte de pacientes equipado para tal efecto, del lugar del accidente hasta el centro médico u hospitalario más cercano, con el límite establecido y por evento

 Enfermedades Graves

La compañía indemnizará al asegurado con la suma estipulada, al ser diagnosticado por la primera vez, con alguna de las enfermedades cubiertas por este anexo luego de 90 días de su ingreso a la póliza o rehabilitación de la misma.

 Coberturas y Montos

TABLA DE COBERTURAS Y MONTOS
COBERTURAS ASEGURADOS: ALUMNOS VALOR ASEGURADO
MUERTE Y DESMEMBRACION ACCIDENTAL 3,000
INCAPACIDAD TOTAL Y PERMANENTE POR ACCIDENTE, 3,000
GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTES (COBERTURA NORMAL) 1,500
GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTES (COBERTURA ESPECIAL) 3,000
GASTOS DE AMBULANCIA POR ACCIDENTE 120
RENTA DIARIA POR HOSPITALIZACION POR ACCIDENTE (MAX. 45 DIAS) 50
GASTOS DENTALES POR ACCIDENTES 120
GASTOS DE SEPELIO POR ACCIDENTE 900
DEDUCIBLE PARA GASTOS MEDICOS POR ACCIDENTES. 20
CREDENCIAL EQUIVIDA/CREDITO HOSPITALARIO/ASISTENCIA LEGAL

 

SI

BECA ESTUNDIANTIL POR MUERTE ACCIDENTAL DEL REPRESENTANTE ECONOMICO. 2,000